Esta carta esta motivada por las afirmaciones que se realizan al principio de este programa:
Fuente en Ondacero.
Estimada Julia (como fiel oyente, me permito tutearte),
La piratería es uno de los temas que provocan reacciones más viscerales en la red. Y, lamentablemente, mi impresión es que la discusión se realiza con ideas de finales del siglo XIX. Unos hablando de derechos de autor como si fuese un objeto que se debe proteger. Y los otros hablando de cultura libre, como se estuviésemos en la época de la lucha de clases.
Lamentablemente, parece que hay pocas voces sensatas en este debate. Que un tuitero o bloguero desconocido escriba que la cultura tiene que ser gratis puede ser criticable. Pero que uno de sus tertulianos, que cobra por sus opiniones compare “descargar un libro con robar gambas” no demuestra un nivel mayor. Y lo más sorprendente es que nadie censurase semejante sandez. Sin entrar a discutir acerca de los derechos de autor, robar las gambas, no sólo implica que yo no pague por ellas, sino también que nadie más pueda comprarlas. Que yo descargue una canción sólo implica que yo no la compraré, pero no privará a nadie de comprarla. Así pues, desde un punto de vista puramente lógico, la comparación es aberrante.
Seguro que recordará el artículo de Pilar Bardem en que defendía que ella también era una internauta. Desde el punto de vista de los defensores de los derechos de autor, yo diré que todos somos piratas. Me aventuraría a decir que incluso tú, Julia. No creo que exista ni un internauta que no haya utilizado alguna vez YouTube, por poner el ejemplo más conocido. ¿Quién no ha visto videos musicales en YouTube? ¿Quién mira en YouTube sólo los videos que respetan los derechos de autor? Existen videos subidos que respetan los derechos de autor, pero son una minoría, y casi exclusivamente de los éxitos de los últimos años. Teniendo en cuenta la selección musical de “Julia en la onda” estoy seguro que has visionado algún vídeo de los ochenta en YouTube. ¿Me equivoco? Si es así, con gran probabilidad también tú eres una pirata, porque los videos de los ochenta subidos legalmente son prácticamente inexistentes. ¿Qué diferencia hay entre descargarse una canción en mp3 o ver el video en YouTube? El concepto de posesión no tiene sentido cuando los teléfonos móviles que actúan de reproductores de mp3 o de vídeo tienen conexión permantente a internet. ¿Qué diferencia hay entre descargarse ese mp3 y guardarlo en el teléfono o tenerlo siempre disponible en YouTube? El concepto de posesión no tiene sentido en este escenario, porque no es necesario poseer un producto cultural para disfrutarlo. Y lo más importante, todos llevamos con nosotros las herramientas para ejercer esa piratería, y todos la hemos ejercido en algún momento.
Las reacciones tras la sentencia que absolvía a Pablo Soto han sido viscerales. Su “delito” crear programas P2P. Son programas que permiten el intercambio de archivos entre usuarios. Pero no los alojan. Todo el mundo sabe para qué se usan mayoritariamente esos programas pero eso no implica que sean ilegales. Que la velocidad de todos los coches que se venden supere los 120km y que ese “exceso” de velocidad sólo pueda utilizarse para cometer una infracción no nos lleva a encausar a los fabricantes de coches, porque se asume que el responsable es el usuario. Tampoco se asume que todos los conductores vayan a superar esa limitación de velocidad ni se les hace pagar un “canón” por ello. El canón es especialmente interesante. Su implantación hace saltar por los aires el concepto de presunción de inocencia, uno de los principios básicos de la verdadera democracia.
Respecto a las páginas de descarga, estoy de acuerdo que son poco éticas. Pero, ¿son ilegales? No proporcionan las películas ni tampoco las alojan. Alojan enlaces, que son direcciones, ni más ni menos. El equivalente en la vida real, sería alguien que nos dijese quién vende una determinada ropa de imitación, pero que no la venda. Aunque nuevamente, los paralelismos con la realidad carecen de sentido.
Y finalmente tenemos a los usuarios. Las medidas represivas que se plantean afectan siempre a principios constitucionales. Que una agencia pueda cortar la conexión a internet sin la participación de un juez, deja una parte del poder ejecutivo (uno de los tres poderes del Estado) en manos de un organismo independiente que nunca tendrá los mismos parámetros de exigencia ni control que tienen los jueces.
En mi opinión no tiene sentido luchar contra la piratería desde el punto de vista represivo, porque los únicos caminos que se han pleanteado hasta la fecha, atentan contra principios democráticos o constitucionales. El camino más efectivo sería una efectiva concienciación de la sociedad (si me permites la redudancia). Y ahí radica la gran pregunta que la “industria” debería haberse planteado, ¿por qué no han conseguido poner a la opinión pública de su lado? Básicamente por una nefasta política de relaciones públicas. Seguramente la prepotencia de Teddy Bautistas tuvo mucha culpa de ello. Presentarse personalmente a un debate contra David Bravo fue un suicidio, así como lo fue enviar a Pedro Pérez.
También fue un error promover o permitir que estrellas privilegiadas como Alejandro Sanz apareciesen declarando apocalípticamente que “la música se muere”. O que personajes como Ramoncín se convirtiesen en portavoces de la SGAE.
O el boicot que se desencadenó contra Olvido Gara por una declaraciones. Y, obviamente, la gestión de Teddy Bautista, ya no por las ilegalidades aque presuntamente ha convertido, sino por haber convertido una sociedad de apoyo a los autores en un gigante inmobiliario.
Un saludo.
PS: ¡Gracias por el programa!